Ha entrado en vigor la Instrucción núm. 6/2017, del Director del Servicio Canario de la Salud, por la que se establecen los criterios y actuaciones a seguir para la aplicación, en el ámbito del Servicio Canario de la Salud, de las medidas de protección de los menores previstas en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la ley de Enjuiciamiento Civil.
Durante los próximos días se requerirá individualmente al personal sanitario y de gestión y servicios incluido en su ámbito de aplicación (Trabajadores Sociales y Celadores), para que aporten el certificado al que alude el citado artículo 13.5, o en su defeccto, autorización para su consulta y obtención al Servicio Canario de la Salud.
El certificado también podrá obtenerse individualmente por alguno de los siguientes procedimientos:
– Por vía telemática en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia a través del siguiente enlace:
https://sede.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Sede/es/tramites/certificado-registro-central
– De forma presencial en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia
Accede desde aquí a la instrucción completa y al modelo de autorización al Servicio Canario de la Salud para la obtención del certificado.
Autorización solic. Cdo. Rgtro. Delinc Sex. – copia (2)