Tras la publicación de la Orden PJC/681/2025, de 1 de julio de 2025 (BOE 2-7-2025), por el que se aprueba el incremento del 0,5 por ciento de las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2023 del personal al servicio del sector público, en la nómina del corriente mes de agosto veremos actualizadas las retribuciones y deducciones.
Según la Orden citada, se da cumplimiento a lo previsto en el artículo 6.2 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio (BOE 27-06-2024), que, aparte de disponer el incremento del 2% con respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2023 (aplicado ya en nuestras nóminas desde 2024), preveía la aplicación de un incremento retributivo adicional y consolidable del 0,5 % si se daban ciertas circunstancias económicas, que en estos momentos ya están comprobadas y publicadas por el Instituto Nacional de Estadística.
Como consecuencia, en esta nómina de agosto 2025, se actualizan las retribuciones añadiendo este incremento del 0,5 %, con efectos económicos desde el 01-01-2024.
Este incremento retributivo modificará las bases de cotización a la Seguridad Social que no tengan ya el tope máximo y la base anual de cálculo del porcentaje de retención mensual por el concepto de IRPF, que deberá ser recalculado desde el 1 de enero de 2025. A los atrasos correspondientes al año 2024 se les aplicará un tipo fijo del 15%.
Canarias, 5 de agosto de 2025