Concurso traslados Enfermería.- Adjudicación de plazas

Sanidad en Canarias

En el Boletín Oficial de Canarias del jueves, 24 de junio de 2021, se publica Resolución por la que se aprueba la resolución definitiva y adjudicación de plazas del concurso de traslados voluntario para la provisión de plazas básicas de personal estatutario de la categoría Enfermera/o.

Plazos de cese y toma de posesión:

1. Las personas concursantes que obtengan plaza deberán cesar en la que, en su caso, desempeñen, durante los días 13, 14 y 15 de septiembre de 2021.

2. La toma de posesión en la nueva plaza deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al del cese, si las plazas son de la misma Área de Salud que la que desempeñaba, o en el de un mes, si pertenecen a distinta Área de Salud o implica un cambio en el Servicio de Salud de destino. En el caso de que la adjudicación de plaza suponga el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será desde el día 13 de septiembre de 2021, hasta el día 13 de octubre de 2021, ambos inclusive.

3. Si así lo permiten las necesidades del servicio, y a petición de la persona interesada, los plazos a que se refieren los párrafos anteriores podrán ser prorrogados por la Dirección Gerencia o Gerencia del nuevo destino por tiempo no superior a la mitad de su duración inicial.

4. El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalice el permiso o licencia que, en su caso, haya sido concedido al interesado, salvo que por causas justificadas se acuerde suspender el disfrute de estos.

5. Excepto cuando la resolución del concurso implique el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión y, en su caso, la prórroga de este tendrá la consideración de servicio activo, percibiéndose los correspondientes haberes con cargo a la plaza de destino.

6. Cuando una persona concursante no tome posesión de su nueva plaza dentro del plazo posesorio o, en su caso, de su prórroga, se entenderá que renuncia a la misma y causará baja en su categoría como personal estatutario, salvo que tal extremo se produzca por causas suficientemente justificadas, así apreciadas por la Dirección General de Recursos Humanos, previa audiencia de la persona interesada. En tal caso podrá dejarse sin efecto dicha baja, debiendo el interesado incorporarse a la nueva plaza tan pronto como desaparezcan los motivos que imposibilitaron su toma de posesión.

Desde el siguiente enlace podrás acceder a la Resolución publicada: https://bit.ly/3qjAUxW

 

 

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