CHUIMI.- Carrera profesional 2025.- Personal Diplomado sanitario, Personal de Gestión y Servicios.

Sanidad en Canarias

Servicio Canario de la Salud. Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil.- Resolución, por la que se acuerda la publicación de la Resolución de la Presidenta del Comité de Evaluación de Carrera Profesional del Personal Diplomado Sanitario y Personal de Gestión y Servicios de esta Dirección Gerencia, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Instrucción n.º 10/2019, del Director del Servicio Canario de la Salud, que aprueba la relación provisional de las solicitudes de interesados/as Personal Diplomado Sanitario presentadas entre el 1 de abril y el 6 de julio de 2025, que no reúnen los requisitos y condiciones necesarios para el encuadramiento en el nivel/grado solicitado, de las solicitudes desestimadas de interesados/as que no superan la correspondiente evaluación de los méritos acreditados, así como de las solicitudes estimadas, y acuerda la apertura de un trámite de audiencia

Para Personal diplomado sanitario, consúltala aquí: https://acortar.link/hCX6NV

Aquí en PDF: chuinmi.diplomadosanitario1

Para Personal de Gestión y servicios, consúltala aquí: https://acortar.link/yLjR2S

Aquí en PDF: chuimi.gestión y servicios

 

Apertura trámite de audiencia: por un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en el que los interesados podrán:

– • Reclamar contra el grado en el que se les propone encuadrar, aportando los documentos necesarios para justificar los periodos de servicios prestados que pretendan hacer valer (en caso de acreditación de servicios previos, deben hacerlo mediante presentación de modelo “Anexo I”, recogido en la Ley 70/1978, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública -BOE n.º 9, de 10 de enero-).

– • Reclamar por la posible exclusión de la relación o los errores que se pudieran observar, aportando los documentos justificativos en los que apoyen su reclamación (en caso de acreditación de servicios previos, deben hacerlo mediante presentación del modelo “Anexo I”, recogido en la Ley 70/1978, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública -BOE n.º 9, de 10 de enero-).

-• Renunciar a su encuadramiento en la carrera profesional

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